Consultando sobre los delitos del
famoso “Caso Bárcenas”, además de necesitarse tres enciclopedias sobre delitos
(contra la Hacienda Publica, falsedad documental, tentativa de estafa procesal,
etc), he querido especialmente
informarme sobre el posible concursos entre dos delitos, que de acuerdo con alguna
Sentencia, se hace buena referencia a los mismos.
Pimeramente, denotar la
diferencia entre el concurso de normas y delitos. El concurso de normas o leyes se produce cuando un mismo supuesto de
hecho puede ser subsumido en dos o más distintos tipos de los cuales solo
uno es aplicable, siendo el bien lesionado el mismo bien jurídico. En cambio,
el concurso ideal se refiere a que concurren sobre un mismo hecho varios
preceptos punitivos que no se excluyen entre sí, siendo todos ellos aplicables,
y lesionándose distinto bien jurídico.
¿Se consume la estafa con la
falsedad?
La sentencia de 2 de julio de 2012, dictada por la sala penal
del Tribunal Supremo, resuelve la
cuestión atendiendo al carácter del documento que ha sido objeto de
calificación. “Cuando la falsedad documental sirve de base para la
estafa procesal, se plantea la cuestión del concurso. Recuerda el Alto
Tribunal que es doctrina reiterada de la Sala, que cuando la estafa se
realiza a través de un documento público, oficial o de comercio, la estafa
no consume la falsedad, es decir no existe un concurso de normas
sino un concurso real de delitos. Sin embargo, cuando
nos encontramos que el documento es privado, para causar perjuicio
a terceros o el ánimo de causárselo viene expresado como elemento del tipo
penal, existiendo un concurso de normas, al ser el hecho
subsumible en los tipos de falsedad y estafa simultáneamente, solapándose un
tipo con otro.
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